Avance en el "atasco" legal de los contaminantes hormonales

22 Abr 2016

 

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Expertos científicos, con posiciones completamente opuestas en el debate sobre los contaminantes hormonales, han llegado a un consenso en los criterios necesarios para identificar qué es un disruptor endocrino, tras reunirse durante dos días en Berlín, invitados por el BfR (Instituto Federal de Evaluación de Riesgo).

Este consenso es vital para reducir la exposición a estos tóxicos de la población europea. Según declaraciones de Andreas Hensel, del BfR:

«El consenso alcanzado es un avance en la discusión científica sobre los disruptores endocrinos y tiene una gran importancia para la protección de la salud de los consumidores en Europa. Sus resultados ayudarán a que la Comisión Europea tome medidas basadas en la ciencia para reducir los contaminantes hormonales, por ejemplo de los productos de consumo, pesticidas e incluso, en la comida»

El acuerdo es un verdadero avance, ya que cuenta con la firma de los 23 científicos asistentes, entre los que se encuentra Andreas Kortenkamp, autor de una de las obras que más ha influido en la discusión sobre los criterios de identificación de los contaminantes hormonales, «State of the Art Assessment of endocrine disrupters», junto con 4 observadores de la Comisión, de la EFSA y de ECHA.

En pocos días, el BfR entregará a la Comisión el objeto del consenso: una «lista de criterios para identificar el peligro potencial de las sustancias que dañan el sistema endocrino».

La discusión sobre los disruptores endocrinos comienza el año 2009 cuando se establece la necesidad legal, derivada de la normativa de biocidas, de definir qué es un contaminante hormonal. El plazo para que la Comisión presentara estos criterios finalizó en diciembre de 2013 y aún no se han presentado, con la excusa de realizar un estudio del impacto socio-económico que generarían estos criterios, es decir, introducir criterios económicos en un debate que debería ser exclusivamente científico.

Lo cierto es que de la decisión a la que llegue la Comisión dependen los beneficios de grandes empresas, así como la salud de la población europea, expuesta a estos tóxicos a través de los alimentos, los productos de plástico, los productos de higiene o los cosméticos; en los despachos de la Unión Europea se ha desarrollado una auténtica lucha de poder entre científicos, técnicos, lobbies industriales y organizaciones de salud y medioambientales, que queda perfectamente reflejada en el informe «Un asunto tóxico», de la periodista Stèphane Horel.

La Comisión contra las cuerdas

La Comisión se encuentra bajo una intensa presión desde que en diciembre de 2015 la Corte General de la Unión Europea dictaminara que la Comisión había fallado en su obligación de regular los productos biocidas, por no adoptar los criterios para los EDCs en 2013. Más aún, se produjo un hecho insólito en la UE, como que varios Estados miembro, junto al Parlamento Europeo y al Consejo llevaran a juicio a la Comisión de forma conjunta.

El TTIP también está sobre el tablero de juego y ha sido utilizado por la industria como excusa para retrasar la definición de los criterios sobre los disruptores endocrinos, ya que son vistos como barreras al libre comercio, ya que prohibirían la entrada al mercado europeo de sustancias que se consideraran contaminantes hormonales.

Criterio de potencia

Tras la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo, la presión de los lobbies de la industria pesticida, petroquímica y cosmética se ha fijado como objetivo introducir en la definición de criterios el «criterio de potencia».

Desde las organizaciones de EDC Free esperamos que el consenso científico alcanzado, que se publicará en unas semanas, no contemple este criterio, lo que supondría un triunfo de la industria.

Consideramos que las propiedades químicas intrínsecas, la peligrosidad, son los que definen si una sustancia es un contaminante hormonal. El criterio de potencia, que se relaciona con la cantidad necesaria para causar un determinado daño, puede ser utilizado con posterioridad para priorizar qué disruptores deben eliminarse primero, pero no en la definición.

Los contaminantes hormonales no tienen umbral de seguridad

Siete de los científicos asistentes, entre ellos el Profesor Kortenkamp y Susan Jobling de la Universidad de Brunel, firmaron en el año 2013 la Declaración de Berlaymont, en la que mostraban su preocupación ante el hecho de que las regulaciones de los contaminantes hormonales no tuvieran en cuenta algo que habían observado en sus investigaciones: muchos disruptores endocrinos causan efectos en la salud a niveles muy bajos de concentración. Es decir, no se pueden establecer niveles seguros para estas sustancias, como hace la legislación actual.

También denuncian que la legislación no tiene en cuenta el efecto de la salud de la exposición a multitud de contaminantes diferentes, desde pesticidas a dioxinas, pasando por parabenos o ftalatos, que tienen un efecto conjunto complejo llamado efecto cóctel.

La Comisión tiene hasta junio para definir los criterios sobre los contaminantes hormonales. Desde EDC Free, coalición de la que forma parte Ecologistas en Acción, seguiremos presionando para que se elija la opción que más proteja la salud humana y del medio ambiente.

 

 

 

 

 

Vídeo de la reunión, en inglés

 

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