Falta de aplicación efectiva del Reglamento de tóxicos REACH

07 Jun 2017
Reglamento REACH tóxicos

En el 10º aniversario de la entrada en vigor de la principal normativa mundial sobre sustancias químicas, el Reglamento Europeo REACH, aún no se han aplicado de forma efectiva sus innovadores principios para la protección de la salud y el medio ambiente.

Reglamento REACH tóxicos

El Reglamento europeo para la gestión de sustancias químicas, conocido por sus siglas en inglés «REACH» (Registro, Evaluación y Autorización de Sustancias Químicas) cumple hoy diez años desde su entrada en vigor.

A sus 10 años, sorprende el desconocimiento que la mayoría de la población europea tiene sobre la existencia de esta legislación de protección frente a tóxicos. Sorprende, porque se trata de una herramienta muy positiva y basada en unos principios que, en su momento, fueron revolucionarios a nivel global.

Puede que la desafección actual de la población europea se deba a la escasa aplicación real del REACH, tal y como denuncia la Oficina Europea de Medio Ambiente en una nota de prensa publicada hoy.

Nota prensa 10º aniversario REACH

Falta de aplicación de los principios del REACH

Para cumplir su objetivo de protección de la salud humana y el medio ambiente, el REACH establece como principio mejorar la información sobre los peligros de la sustancias químicas presentes en los productos comercializados.

Es el principio «No información, no mercado» (No data, no market) que establece que antes de que una empresa tenga permiso para vender un producto, debe dar toda la información referente a los peligros y riesgos de ese producto.

Este principio no está en vigor: en estos 10 años, las autoridades europeas han dado acceso al mercado a todas las empresas que lo han solicitado aunque sus expedientes fueran incompletos, inadecuados o irrelevantes.

Un estudio del Instituto Federal Alemán de Evaluación de Riesgos (BfR), publicado en 2015, mostró que sólo un expediente, de un total de 1.814, cumplía todos los puntos de la información demandada.

Otro principio que no se cumple es el que establece que será la empresa quien demuestre la seguridad de sus productos. En la mayoría de los casos, la escasa información que dan las empresas transfiere este trabajo a los Estados miembros y a la Agencia Europea de Sustancias Químicas (ECHA), tristemente famosa por defender más los intereses de la industria que los de la población, con ejemplos como el del herbicida glifosato y los disruptores endocrinos.

De las 1.400 sustancias con propiedades peligrosas que deberían sustituirse por alternativas seguras, según El Libro Blanco de la UE «Estrategia para una futura política en materia de sustancias y preparados químicos» (2001), hoy en día, el Reglamento REACH sólo observa la retirada de 31 sustancias químicas.

 

Beneficios del REACH

Como consecuencia de los anteriores incumplimientos, se llega a una situación conocida por muchas y muchos consumidores: se ha pasado del «derecho a saber» la información sobre sustancias tóxicas en los productos de consumo, al «derecho a preguntar» o «la lucha para saber«.

Según Dolores Romano, Responsable de Políticas de Químicos y Nanotecnología del EEB:

“ al conceder autorizaciones a todas las empresas solicitantes, incluso a las que utilizan sustancias de elevada preocupación que podrían sustituirse por alternativas seguras, la Comisión está socavando los objetivos del Reglamento, obstaculizando la innovación y penalizando a las empresas que han creado sustitutos más seguros”

Pero, bien aplicado, el Reglamento cuenta con grandes virtudes: mejora la información sobre tóxicos, fomenta la sustitución de los productos peligrosos y premia la innovación de alternativas seguras.

Es necesario un compromiso de las autoridades, que den más palos y menos zanahorias a las empresas. Como dice Pieter De Pous, Director de Políticas de la UE en el EEB a concluir:

“El REACH tiene el potencial necesario para proteger a la población y al medio ambiente, pero necesitamos un compromiso político sólido para que se aplique de forma efectiva».

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